La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sanción interpuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) en contra del canal privado por no cumplir con la norma el pasado mes de mayo.
Mega deberá pagar una multa de 20 UTM ($1.083.420) luego de que se confirmara la multa por no cumplir con la programación cultural.
La Tercera Sala del tribunal, integrada Juan Cristóbal Mera, Verónica Sabaj y el abogado (i) Francisco Javier Ovalle, rechazaron el reclamo de la estación que intentó pasar el espacio «El Poder de tu Voto» como uno de dicha categoría.
En el fallo indicaron que «no está en discusión que Megamedia transmitió en la segunda semana de mayo de 2021 el programa ‘El Poder de tu Voto’ en horario normal, el que no fue aceptado como cultural, no cumpliendo entonces con la exigencia de 240 minutos semanales de programación de esta naturaleza».
«La reclamante no cumplió con su obligación legal de transmitir 240 minutos semanales de programación cultural, habiendo acreditado la transmisión de sólo 120 minutos en horario de alta audiencia», agregaron.
En esa misma línea, explicaron que «en la segunda semana de mayo de 2021 la concesionaria no transmitió el mínimo de 240 minutos de programación cultural, por cuanto el CNTV no aceptó como tal el programa llamado ‘El Poder de tu Voto’ y precisamente por ello se le formuló el cargo respectivo y se le sancionó».
Si bien destacaron que dicho programa es de educación cívica, «sólo se refirió al acontecer cotidiano de los votantes, como por ejemplo quiénes habían hecho deporte en la franja horaria destinada al efecto antes de ir a votar, la lectura de opiniones en redes sociales, o personas en ferias, mercados, panaderías y demás».