El fallo determinó que en dos ocasiones la estación privada transgredió la dignidad de la familia en medio de la delicada situación que vivían tras la desaparición del menor. En esa línea, la Corte de Apelaciones de Santiago se alineó con la resolución del Consejo Nacional de Televisión (CNTV).
En febrero de este año, el caso de Tomás Bravo conmocionó a todo el país y tuvo una gran cobertura por parte de la prensa, debido al interés que despertó el caso en la comunidad. El menor desapareció en la región del Biobío cerca de su propio hogar y, días después, fue encontrado sin vida.
En esa línea, la Sexta Sala del tribunal de la Corte de Apelaciones falló de forma unánime contra Mega por transgredir la dignidad de la víctima y su familia. Esto, en dos ocasiones, en distintos programas y sobre el mismo tema, tratando la situación de una manera «inadecuada».
En especial, porque en un inicio se señaló al tío abuelo de la víctima como el responsable de su muerte, algo que se desmintió con posterioridad gracias a la investigación policial.
La Corte de Apelaciones detalla que «se señalan como infringidos el principio de culpabilidad y el derecho a un debido, justo y racional proceso. Ya que se le ha impuesto una pena sin haberse establecido previamente su culpabilidad».
De acuerdo a lo decretado, se aplicaron al canal de Megamedia dos sanciones; una de ellas, una multa de 150 UTM ($8.021.250).
«Los canales de televisión en sus emisiones y reportajes deben respetar la dignidad de las personas evitando el sensacionalismo y la victimización secundaria. Vulneraciones que se habrían producido en el reportaje en cuestión, tanto en relación a la familia, como respecto del tío de la víctima a quién se le sindicó como autor al inicio de los hechos, todo lo cual cae dentro de las conductas descritas en las normas que se citan como infringidas”, detalla el fallo judicial.
Corte de Santiago confirma multa a canal de televisión por cobertura sensacionalista de desaparición y muerte de niño https://t.co/7KixoC08x7 pic.twitter.com/zdPe7t8zHu
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) October 26, 2021