A fines de junio, hubo gran expectación por el anuncio de TVN sobre la miniserie que Carlos Pinto preparaba sobre Ámbar Cornejo, adolescente que fue brutalmente asesinada en Villa Alemana por Hugo Bustamante. El caso de por sí causó conmoción por su crudeza, sin embargo, lo más llamativo era que el autor del delito había protagonizado hace años un episodio de «Mea Culpa» por haber cometido un crimen similar.
Pese a que los televidentes se mostraron bastante interesados por el trabajo investigativo y la miniserie de seis episodios, «Mea Culpa: Ámbar en la mira del psicópata», Ulises Cornejo, padre de la joven asesinada, protestó. Cabe señalar que Pinto comunicó hace meses que utilizarían el novedoso formato, porque en un sólo capítulo no lograrían abarcar toda la información necesaria.
Ante las denuncias de los abogados de Cornejo, TVN dio a conocer que el proyecto se suspendería momentáneamente. «Como canal público reafirmamos nuestro compromiso con la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; y del mismo modo, condenamos expresa y unánimemente toda forma de violencia de género», argumentaron desde la señal estatal.
En ese contexto y después de casi dos meses, este jueves, la Corte de Apelaciones dio a conocer que falló en favor de Televisión Nacional, descartando la existencia de ilegalidades en la promoción y eventual emisión del programa, aunque hizo una especial advertencia sobre futuras denuncias.
«El recurso de protección está referido principalmente a actuaciones ostensibles y determinadas que pueden o podrían producir resultados lesivos a los sujetos perjudicados, por lo que en el presente caso no aparece claro cuál es la afectación y la transgresión que se denuncia en este momento», se lee en el fallo, ya que el proyecto aún no se emite.
«Teniendo en consideración las diferentes formas o maneras de cómo un programa televisivo puede, teóricamente, abordar una materia de la naturaleza que se ha expuesto, esto es, de carácter informativo, entretención, documental, criminológico, u otra, y en qué grado se pueden incorporar los elementos dramáticos, emocionales o ficcionados ya referidos, en una mayor o menor profundidad de los contenidos respectivos, no es posible, en estos momentos, concluir que por el sólo hecho de su futura y eventual emisión, se afecten las garantías que se han indicado en el recurso», agregan desde la entidad
«El acto, que se tilda de ilegal y arbitrario por los actores, reviste la naturaleza de un mero anuncio publicitario de la exhibición de un programa televisivo, que actualmente constituye sólo un proyecto, por ende, se desconoce su real contenido y de qué manera podrían verse afectadas las garantías constitucionales que se dicen conculcadas», queda estipulado.
Finalmente, el organismo planteó que la decisión de darle el favor a TVN guarda relación con el derecho a libertad de expresión a la que el medio se acoge. «Corresponderá, en su momento, discutir sobre los derechos que le competen a la propia parte recurrida, en cuanto a la libertad de expresión que le asiste y a su derecho a la información y a la emisión de programas televisivos de su rubro, los que también ostentan una protección constitucional a su respecto, por lo que en ese sentido será necesario, eventualmente, realizar una ponderación de los intereses opuestos que en su oportunidad se puedan manifestar», concluye el texto.
De esta manera, se espera que Televisión Nacional anuncie prontamente el regreso y estreno del proyecto de Carlos Pinto bajo el título de «Mea Culpa». De igual forma, habrá que ver si la familia paterna de Ámbar volverá a interponer algún recurso legal para que la emisión no se concrete.