Con la decisión del tribunal de alzada se aplicará la sanción que impuso el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) en contra del canal público, la que asciende a 20 UTM (poco más de un millón de pesos).
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa a TVN por no cumplir la emisión mínima de contenido cultural dentro de su programación.
La decisión del CNTV fue aplicada en julio luego de que constataran que no emitió “en los horarios legalmente establecidos, el mínimo legal de programación cultural, durante la primera, segunda, tercera y quinta semana del mes de enero de 2020”.
Aunque TVN quiso apelar para que se revocara o solo fuera una amonestación, esto no ocurrió.
El fallo, emitido el 23 de diciembre, el cual fue unánime, indicaron que “el minutaje informado por la concesionaria –en el periodo referido- incluye programas que no cumplen con los requisitos normativos para ser considerados como culturales y/o fueron emitidos fuera del horario establecido que era entre las 18:30 y las 00:00 horas”.
La multa, agregaron, no es “desproporcionada conforme a los hechos que la motivan y el comportamiento previo del canal televisivo”.