Ayer, se dio a conocer la sentencia de la demanda que presentó el animador contra la estación acusando discriminación por su orientación sexual amparándose a la Ley Zamudio.
El dictamen, que fue publicado en el sitio web del Poder Judicial, CHV argumentó que como empresa siempre «habría demostrado una conducta de tolerancia y respeto respecto de la homosexualidad y la diversidad». En ese sentido, señalaron a la línea editorial enumerando programas que demostrarían su tolerancia. Sin embargo, «todos esos antecedentes resultan irrelevantes para la resolución del conflicto planteado al Tribunal».
Otro de los puntos que favoreció a Gutiérrez, fue que aquel estudio que le presentaron y donde se le señaló que explotara su orientación sexual indicaba que el animador era «percibido como espóntaneo, relajado y cercano con el público en general», mientras que De Moras estaba «aún en proceso de soltarse en cámara, presenta cierta rigidez y dificultad para mostrarse espontánea y tal como es».
«Las recomendaciones para ambos son, en el caso del actor, que permita un acercamiento a su vida personal, y en relación a la Sra. (ta) De Moras, más espontaneidad. En cuanto al fiato televisivo (química entre ellos) se señala que ésta aún está en construcción», agregó.
Por eso, a pesar de que la sexualidad del animador se hubiera ventilado por programas de farándula, Gutiérrez «prefería matener su condición sexual en un segundo plano, sin explicitarla públicamente, al menos en pantalla en los programas en que él participaba».
De este modo, el tribunal determinó que sí existió «un acto de discriminación arbitraria» por lo que el canal «no podrá reiterar la conducta», y deberá cancelar una multa a beneficio Fiscal de 25 UTM.